Para crear la “Ley Andrea Ruiz – Protocolo de Auxilio Discreto en Espacios de Esparcimiento”; declarar como política pública la prevención y atención temprana de situaciones de acoso, intimidación, hostigamiento o peligro en establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas y otros espacios de esparcimiento abiertos al público; establecer un protocolo de auxilio discreto mediante una palabra o señal clave; imponer deberes de capacitación, señalización y coordinación interagencial; facultar al Departamento de Asuntos del Consumidor, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y a la Policía de Puerto Rico para su implantación y fiscalización; establecer sanciones administrativas; y para otros fines relacionados.
Medida·Cámara·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Crea un protocolo de auxilio discreto denominado 'Protocolo Andrea Ruiz' en establecimientos de esparcimiento. Establece que cualquier persona pueda solicitar ayuda utilizando una palabra o señal clave, y obliga a los establecimientos a implementar capacitación anual, señalamientos visibles y medidas de seguridad inmediatas. Asigna al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y la Policía de Puerto Rico la responsabilidad de su implementación y fiscalización.
Pros
•Facilita el acceso a ayuda inmediata sin exponerse a represalias o confrontaciones.
•Promueve un enfoque preventivo y sensibilizado hacia la violencia de género y el acoso.
•Incluye mecanismos para coordinación interagencial que pueden mejorar la respuesta a emergencias.
Contras
•Puede generar confusión o mal uso si no se implementa adecuadamente, lo que podría socavar su efectividad.
•Requiere recursos y capacitación continua de los establecimientos, lo cual puede ser costoso para ellos.
•La dependencia de la palabra clave puede limitar el acceso a ayuda para personas con discapacidades o lenguas diferentes.
Las mujeres y otras personas que enfrentan situaciones de acoso, intimidación o peligro en espacios públicos.
Preocupa a:
Los propietarios y empleados de establecimientos de esparcimiento, quienes podrían sentirse sobrecargados con la implementación y capacitación requeridas.
Quién paga o decide:
El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y la Policía de Puerto Rico son responsables de su implementación, mientras que los establecimientos deben cumplir con sus obligaciones.
En qué va
Radicado el 14 de enero de 2026, aparece en Primera Lectura de la Cámara y está referido a la Comisión de Asuntos de la Mujer.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.