Qué propone
Enmenda los artículos 1.02, 1.03, 2.03, 2.04 y 2.05 de la Ley 122-2017 para establecer que se debe identificar y derogar leyes obsoletas o inoficiosas que puedan contradecir los Planes de Reorganización promulgados bajo esta ley, así como las acciones, programas y estrategias desarrolladas a su amparo. Establece que el Gobernador puede someter planes de reorganización a la Asamblea Legislativa para su revisión, aprobación o rechazo.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada en la Cámara de Representantes y Senado, firmada por el Presidente de la Cámara y el Presidente del Senado, y enviada a la Gobernadora para su firma.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
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