Para crear la “Ley para Incentivar el Servicio Público ante Eventos de Emergencia” con el propósito de establecer para los servidores públicos el pago en metálico, exento de contribuciones, de las horas trabajadas en exceso de la jornada legal durante una emergencia declarada por el Gobernador de Puerto Rico o el Presidente de los Estados Unidos; definir los servidores públicos beneficiados por esta Ley; añadir un nuevo inciso (36) y renumerar los actuales incisos (36), (37) y (38) como incisos (37), (38) y (39), respectivamente, de la Sección 1031.02 de la Ley Núm. Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; establecer responsabilidades y la facultad de reglamentación al Secretario de Hacienda; y para otros fines relacionados.
Medida·Cámara·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Crea una ley para pagar en metálico, exento de contribuciones, las horas extras trabajadas por los servidores públicos durante emergencias declaradas. Define quiénes son beneficiados y modifica la Sección 1031.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico. Permite a los servidores públicos optar por tiempo compensatorio equivalente.
Pros
•Reconoce el esfuerzo de los primeros respondores durante emergencias, como huracanes y pandemias.
•Facilita la recompensa adecuada para el personal activado en situaciones críticas sin afectar su presupuesto operacional.
•Permite a los servidores públicos elegir entre recibir pago en metálico o tiempo compensatorio equivalente.
Contras
•Podría generar un costo fiscal adicional si no se reembolsan fondos federales, como ocurre con el Negociado de Sistemas de Emergencias 9-1-1.
•Requiere revisar y ajustar el lenguaje para incluir al personal del Negociado de Investigaciones Especiales.
•El impacto fiscal no ha sido evaluado en detalle, lo que plantea preocupaciones sobre su sostenibilidad.
Los servidores públicos activados durante emergencias y el Negociado de Sistemas de Emergencias 9-1-1.
Preocupa a:
El Gobierno, que podría enfrentar un costo fiscal adicional si no se reembolsan fondos federales.
Quién paga o decide:
El Secretario de Hacienda tiene la facultad de reglamentar y establecer responsabilidades.
En qué va
En comisión desde el 16 de enero de 2026, con informes rendidos por la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales.
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