Qué propone
Enmienda el Artículo 4 de la Ley Núm. 18-2022 para que toda venta al detal de gas licuado incluya un detector de gas propano o butano, exceptuando cilindros de 20 libras o menos adquiridos en ciertos comercios. Establece que el vendedor debe proporcionar una copia de las guías de seguridad del Negociado de Bomberos y Protección Civil (NCBP) al consumidor.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada por la Cámara el 24 de junio de 2025 y remitida al Senado para su aprobación.
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