Para conceder un incentivo que promueva el pago acelerado de multas expedidas, y así registradas, a las tablillas y licencias de conducir, por concepto de faltas administrativas de tránsito, incluyendo los intereses, recargos y penalidades, en virtud de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, consistente, en el caso del pago total del principal de la deuda, de un descuento igual a un treinta por ciento (30%) de la totalidad del principal de la deuda por multas sobre la licencia de conducir del reclamante o sobre el certificado de título o permiso del vehículo del motor y un descuento de cien por ciento (100%) sobre los intereses, recargos y penalidades por concepto de dicha deuda; conceder un cincuenta por ciento (50%) de descuento sobre los intereses, recargos y penalidades por concepto de la deuda asumida a las personas que se acojan a un plan de pago; así como ordenar a los secretarios de los departamentos de Hacienda y de Transportación y Obras Públicas, adoptar reglamentaciones necesarias para la eficaz ejecución de esta ley; y para otros fines relacionados.