Para enmendar el Artículo 6, de la Ley Núm. 106 del 22 de junio de 2000, según enmendada, conocida como Ley para Establecer el “Cementerio Estatal de Veteranos de Puerto Rico”, a los fines de aumentar a cuatrocientos mil (400,000) dólares la aportación anual fondos no comprometidos del Tesoro Estatal, para la administración y operación del Cementerio; y para otros fines relacionados.