Qué propone
Enmienda el inciso (nn) del Artículo 2 y el inciso (c) del Artículo 39 de la Ley Núm. 109 de 28 de junio de 1962, conocida como ‘Ley de Servicio Público de Puerto Rico’. Define que la figura del porteador por contrato solo aplicará a aquellos vehículos que no se encuentren dentro de la definición de Vehículo de Motor Comercial o Vehículo de Transporte Comercial. Afecta principalmente al transporte comercial y a los transportistas de carga pesada o comercial.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
En comisión desde enero de 2026, con informes rendidos y remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
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