Qué propone
Deroga los Artículos 222, 223, 224, 225 y 226 del Código Civil de Puerto Rico, eliminando el Registro de Personas Jurídicas como requisito previo para la personalidad jurídica de entidades privadas. Establece que la capacidad jurídica de estas entidades no dependerá de una inscripción adicional en un registro general.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada por el Senado el 26 de mayo de 2026, con referido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado. Texto de aprobación final enviado a la Cámara.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
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