Para añadir un nuevo inciso (c) y (d), redesignar los actuales incisos (c) al (x),
respectivamente, como incisos (e) al (z) del Artículo 3, enmendar los Artículo 5 y
16 y añadir un nuevo Artículo 23-A de la Ley Núm. 8-2004, según enmendada,
conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”; a los
fines de crear el Carnet Nacional Deportivo como mecanismo de control,
trazabilidad y seguimiento del cumplimiento de las disposiciones legales,
emocionales y formativas aplicables a los atletas menores de edad y para otros
fines relacionados.
Medida·Senado·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Enmienda la Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes para crear el Carnet Nacional Deportivo. Este carnet servirá como mecanismo de control, trazabilidad y seguimiento del cumplimiento de las disposiciones legales, emocionales y formativas aplicables a los atletas menores de edad. Incluye la creación de una Base de Datos Nacional Deportiva para registrar y monitorear la participación deportiva de los niños.
Pros
•Permite un seguimiento más riguroso del bienestar integral de los atletas menores de edad.
•Evita que ligas clandestinas o no cumplientes operen sin control, protegiendo a los jóvenes participantes.
•Ofrece una base legal para prevenir prácticas peligrosas como el entrenamiento excesivo y la sobreexplotación física.
Contras
•Podría generar barreras de acceso si el proceso de solicitud o renovación del carnet resulta costoso o complicado, afectando a clubes comunitarios y familias con recursos limitados.
•Implica costos tecnológicos significativos para el Departamento de Recreación y Deportes, que podrían comprometer sus recursos operativos.
•Puede generar preocupaciones sobre la privacidad de los menores si no se establecen adecuadas medidas de seguridad.
El Departamento de Recreación y Deportes, que obtendrá una herramienta para mejorar el control y seguimiento de las prácticas deportivas; y los atletas menores de edad, que podrían beneficiarse con un sistema más seguro y transparente.
Preocupa a:
Clubes comunitarios y familias con recursos limitados, que podrían enfrentar dificultades para cumplir con los requisitos del carnet.
Quién paga o decide:
El Departamento de Recreación y Deportes se encargará de la implementación y administración del sistema; el costo tecnológico será financiado por el Estado.
En qué va
Aprobada en primera lectura en el Senado el 5 de febrero de 2026, referida a comisiones y actualmente en proceso de revisión.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
1er Informe Comisión rendido con enmiendas1 de mayo de 2026 · más reciente