Qué propone
Enmienda el Artículo 4-A de la Ley Núm. 88 de 1986 para establecer una excepción que permite al Tribunal de Menores asumir jurisdicción inmediata sobre menores imputados de faltas clase II o clase III que representen una amenaza sustancial a la seguridad escolar o integridad física de otras personas, sin agotar los remedios administrativos. Permite al Departamento de Justicia y Educación reglamentar el mecanismo.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado el 25 de febrero de 2026, apareció en Primera Lectura del Senado y fue referido a Comisión(es) el mismo día.
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