Para enmendar los artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24,
25 y 27, suprimir los artículos 28, 29 y 30, reenumerar el actual Artículo 31, como
Artículo 28, y a su vez enmendarlo, y reenumerar los actuales artículos 32, 33, 34 y
35, como los artículos 29, 30, 31 y 32, respectivamente, en la Ley 153-2013, según
enmendada, conocida como “Ley de Agencias Rectificadoras de Crédito”, con el
propósito de conferirle a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, la
responsabilidad de administrar y hacer cumplir las disposiciones de esta Ley;
enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada,
conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a
fin de atemperarla con las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Medida·Senado·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Esta medida, el P. del S. 1303, busca enmendar la Ley 153-2013, conocida como "Ley de Agencias Rectificadoras de Crédito", para transferir la responsabilidad de administrar y hacer cumplir sus disposiciones del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF). Para ello, enmienda numerosos artículos (2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 27), suprime los artículos 28, 29 y 30, y reenumera otros (31 al 28, 32-35 al 29-32). También enmienda el Artículo 6 de la Ley Núm. 5 de 1973, "Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor", para eliminar la facultad de DACO sobre estas agencias.
Pros
•Centraliza la supervisión de las agencias rectificadoras de crédito en la OCIF, una entidad ya especializada en fiscalizar instituciones financieras, lo que podría mejorar la eficiencia y la experiencia en el sector.
•Permite que el DACO se enfoque más en sus funciones principales de vindicar los derechos del consumidor, frenar la inflación y controlar precios de artículos y servicios, al liberar recursos de la supervisión de crédito.
•Moderniza la estructura gubernamental al eliminar lo que se considera una redundancia de funciones, consolidando responsabilidades y simplificando procesos, según la exposición de motivos.
•Alinea la regulación de las agencias rectificadoras de crédito con el sector financiero, al que están "eminentemente ligadas", según la exposición de motivos, lo que podría resultar en una supervisión más coherente.
Contras
•Podría generar un periodo de transición y adaptación para las agencias rectificadoras de crédito y los consumidores, al cambiar la agencia reguladora y los procedimientos asociados.
•Implica que la OCIF deberá asumir nuevas responsabilidades y posiblemente expandir su personal o recursos para manejar la fiscalización, investigación y resolución de querellas de las agencias de crédito.
•La medida no especifica cómo se transferirán los expedientes, el personal o los recursos financieros de DACO a OCIF relacionados con esta función, lo que podría generar incertidumbre operativa.
•Los consumidores podrían necesitar familiarizarse con una nueva agencia para presentar reclamaciones o buscar información sobre agencias rectificadoras de crédito, lo que podría causar confusión inicial.
Intereses en juego
Beneficia a:
La Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF), que gana la potestad de administrar y hacer cumplir la "Ley de Agencias Rectificadoras de Crédito"; y el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), que puede enfocarse en otras funciones.
Preocupa a:
Las agencias rectificadoras de crédito, que deberán adaptarse a la nueva agencia reguladora (OCIF) y sus procedimientos; y potencialmente los consumidores durante el periodo de transición.
Quién paga o decide:
La Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) será la encargada de administrar, supervisar, expedir licencias, investigar y resolver querellas, y el Comisionado de Instituciones Financieras promulgará la reglamentación necesaria. Los cargos de investigación y derechos de licencia se pagarán a la OCIF.
En qué va
La medida fue radicada el 2 de junio de 2026 en el Senado de Puerto Rico por el señor Sánchez Álvarez y está referida a comisión, sin que se especifique cuál.
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