Qué propone
Enmienda el Artículo 4 de la Ley 203-2007 para reservar al menos un cinco por ciento (5%) de las compras y contrataciones de servicios de construcción para negocios locales o proveedores locales en los que uno o más veteranos, o su cónyuge supérstite elegible, poseen en concepto de dueños no menos del cincuenta y un por ciento (51%) del mismo o el cincuenta y un por ciento (51%) de las acciones. Estas reservaciones serán verificadas por la Administración de Servicios Generales. También enmenda el Artículo 37 de la Ley 73-2019 para asegurar que la Administración de Servicios Generales cumpla con esta política preferencial en todos los procesos de compra.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada por el Senado en votación final el 24 de junio de 2025 y remitida a la Cámara de Representantes.
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