Para enmendar el subinciso (37) del inciso (a) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, según
enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", con
el propósito de extender de veintiseis (26) a veintinueve (29) años, la edad para que
un joven pueda beneficiarse de la exención tributaria concedida por concepto del
ingreso derivado de salarios, servicios prestados y/o trabajo por cuenta propia; y
para otros fines relacionados.