Para enmendar los artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley 293-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta Interagencial para el Manejo de las Playas de Puerto Rico”, con el propósito de reorganizar y optimizar la composición de la antes mencionada Junta; proveer para la confección y presentación de un nuevo “Plan de Trabajo Integral”; hacer correcciones técnicas; y para otros fines relacionados.