Para enmendar los Artículos 2.112; 2.030; 2.035 y el 3.058 de la Ley 107-2020, Código Municipal de Puerto Rico, para disponer el estricto cumplimiento con el inciso (d) del Artículo 2.035 del Código Municipal de Puerto Rico en la otorgación de todo contrato para el establecimiento de instalaciones de manejo de desperdicios sólidos, la prestación de servicios de manejo de desperdicios sólidos y los contratos de arrendamiento de propiedad municipal, mueble e inmueble, que incidan en los contratos para el establecimiento de instalaciones de manejo de desperdicios
sólidos o los contratos para proveer espacio a entidades públicas o a personas o entidades privadas en predios, solares, aceras u otra propiedad municipal para la ubicación provisional o permanente de recipientes, equipos, estructuras o instalaciones de cualquier naturaleza o propósito, que permita la recolección de desperdicios sólidos y materiales reciclables; y la prestación de servicios de manejo de desperdicios sólidos; para establecer por vía de excepción a lo anterior los contratos otorgados por razón de los efectos de una emergencia debidamente declarada por las autoridades competentes; y para otros fines relacionados.
Medida·Senado·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Enmenda los Artículos 2.112; 2.030; 2.035 y el 3.058 de la Ley 107-2020, Código Municipal de Puerto Rico, para establecer estrictos requisitos en la otorgación de contratos relacionados con el manejo de desperdicios sólidos y arrendamientos de propiedad municipal.
Pros
•Establece un marco legal más riguroso para la gestión del manejo de desechos sólidos, promoviendo una mayor responsabilidad en las entidades que otorgan contratos.
•Permite la excepción de los requisitos en casos de emergencias declaradas por autoridades competentes.
Contras
•Puede generar un aumento en el costo administrativo para las entidades municipales al implementar y monitorear estos nuevos requisitos.
•La definición de 'emergencia' podría ser subjetiva, lo que podría llevar a interpretaciones diferentes entre las autoridades locales.
Las entidades municipales, ya que tendrán un marco legal más claro para la gestión del manejo de desechos sólidos y arrendamientos de propiedad municipal.
Preocupa a:
Las empresas privadas y entidades públicas que soliciten contratos relacionados con el manejo de desechos sólidos, ya que podrían enfrentar un proceso más riguroso para obtener estos contratos.
Quién paga o decide:
Las entidades municipales serán responsables de implementar y monitorear los nuevos requisitos establecidos en la medida.
En qué va
Radicado el 31 de enero de 2025, aparece en Primera Lectura del Senado el 3 de febrero de 2025 y referido a Comisión(es) el mismo día. Se realizó una vista pública el 18 de diciembre de 2025.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.