“Para enmendar la sección 1, de la Ley Núm. 77 de 5 de mayo de 1931, según enmendada, conocida
como “Ley para Imponer un Derecho de Aportación al Café Extranjero que para Uso, Consumo y
Venta se Importe en Puerto Rico”, a los fines de modificar las cantidades de los aranceles
impuestos.”