“Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 17-2004, mejor conocida como la “Ley de la
Reserva Marina Tres Palmas a los fines de incluir como parte de la Reserva Marina la franja de
terreno obtenida mediante la sentencia del caso Autoridad de Carreteras y Transportación v.
Sucesión Francisco Levy Cumpiano (KEF-2006-0571) propiedad de la Autoridad de Carreteras;
disponer la aplicabilidad de las disposiciones que regulan la Reserva Marina a la franja de
terreno; y para otros fines.”