“Para establecer la “Ley para el Aprovechamiento de Agua de Lluvia en Nuevos Desarrollos
Urbanísticos de Puerto Rico”, a los fines de requerir la instalación de sistemas de captación,
almacenamiento y reutilización de agua pluvial en todo proyecto nuevo de construcción
residencial, comercial o institucional que requiera permisos de uso o construcción; establecer
excepciones; disponer sobre su reglamentación; y para otros fines relacionados.”