“Para añadir un nuevo inciso (m) a la Sección 3, del Artículo VI de la Ley 72-1993, según
enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico” a
los fines de incluir como beneficiarios del plan de salud del gobierno de Puerto Rico a todas las
personas que paceden de alguna enfermedad rara, reconocida por la “Office or Rare Diseases
Research” y el “Genetic and Rare Diseases Information Center”; y para otros fines
relacionados.”