Para crear la “Ley en Apoyo a la Sostenibilidad del Fideicomiso Olímpico de Puerto
Rico”; enmendar la Sección 1051.04 de la Ley 1-2011, según enmendada,
conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los
fines de establecer un Crédito por Donativos al Fondo Permanente para la
Administración de los Bienes Destinados al Deporte y al Olimpismo; añadir un
nuevo inciso “i” al Artículo 12 de la Ley Núm. 136 de 3 de junio de 1976, según
enmendada, conocida como “Ley para la Conservación, Desarrollo y Uso de
Recursos de Agua”, a los fines de excluir al Fondo Permanente para la
Administración de los Bienes Destinados al Deporte y al Olimpismo de la
obligación de pago de tarifa comercial por extracción de agua; ordenar al
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a aplicar la tarifa de Uso
Institucional a la Franquicia de Agua otorgada al Fondo Permanente para la
Administración de los Bienes Destinados al Deporte y al Olimpismo; y para otros
fines relacionados.