Qué propone
Enmienda el Artículo 18 de la Ley 8-2004 para que todas las instalaciones recreativas y deportivas bajo la jurisdicción del Departamento de Recreación y Deportes sean de libre acceso, sin barreras arquitectónicas que impidan a personas con impedimentos acceder o moverse por ellas. No introduce nuevos mecanismos, organismos ni cifras específicas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado en el Senado el 15 de octubre de 2025 y referido a comisión(es) el 16 de octubre del mismo año. Retirada por su autor el 22 de enero de 2026.
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