Qué propone
Enmienda el Artículo 7.09 de la Ley 22-2000 para establecer que toda persona que se negare a someterse al procedimiento de prueba de campo estandarizada de sobriedad o a la prueba de aliento a alcohol incurrirá en falta administrativa y se le sancionará con multa de mil (1,000) dólares. La medida también excluye la imposición de multas por negarse a una prueba de sangre sin orden judicial o consentimiento voluntario.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
En comisión desde octubre de 2025, con informes rendidos en febrero de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
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