Qué propone
Enmienda la Ley Núm. 118 de 22 de julio de 1974 para establecer un plazo máximo de seis meses para que la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLPB) considere reevaluar las peticiones de libertad bajo palabra denegadas, con un tope de un año en total. Requiere a la JLPB enmendar o derogar reglamentación inconsistente con esta ley dentro de 30 días.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Vigente, aprobada en el Senado el 19 de marzo de 2026 y firmada por el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara.
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