Para enmendar el Artículo 1.03, añadir un nuevo Artículo 10.08, y reenumerar los actuales Artículos
10.08 al 10.13 como los Artículos 10.09 al 10.14, respectivamente, de la Ley Núm. 85-2018, según
enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico"; enmendar el Artículo 6 de la
Ley Núm. 170-2002, según enmendada; y derogar la Ley Núm. 240-2002, a los fines de consolidar las
disposiciones relativas a la alfabetización en Braille de estudiantes ciegos y parcialmente ciegos,
promoviendo su evaluación individual y asegurando la igualdad de oportunidades educativas; y para
otros fines relacionados.