Qué propone
Enmienda la Ley 154-2008 para añadir un nuevo Artículo 6 que ordene campañas periódicas (tres veces al año) de acopio de alimentos y artículos de cuidado para animales callejeros, con distribución exclusiva a santuarios, rescatistas y organizaciones sin fines de lucro a través de la Oficina Estatal de Control Animal (OECA) y el Negociado de la Policía de Puerto Rico.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada en el Senado el 20 de enero de 2026 y referida a Comisión(es) donde se ha rendido un primer informe con enmiendas.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Inicia sesión para comentar y reaccionar.
Sé el primero en compartir tu opinión sobre esta medida.