Para enmendar el inciso 2 de la Sección 9.1 del Artículo 9 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de flexibilizar el uso de la licencia por enfermedad mediante una licencia especial a ser solicitada por el empleado en situaciones de tratamiento prolongado relacionado a sus hijos o hijas, así como de personas de edad avanzada o con impedimentos dentro de su núcleo familiar, personas bajo su custodia o tutela legal, o personas que convivan bajo el mismo techo; y para otros fines relacionados.
Pros
- •Permite a los empleados cuidar de familiares con tratamientos prolongados, mejorando el bienestar familiar y reduciendo el estrés en situaciones críticas.
- •Establece un límite razonable de 15 días al año para la licencia especial, evitando abusos o excesos en el uso del beneficio.
Contras
- •Puede generar preocupación sobre el costo administrativo y la gestión de solicitudes adicionales de licencia por parte de los empleados.
- •La implementación puede requerir ajustes en los sistemas de recursos humanos, lo que implica un esfuerzo adicional para las oficinas del Gobierno.
Última acción: 23 mar 2026