Para enmendar los Artículos 1, 2 y 3, añadir los nuevos Artículos 4 y 5 y reenumerar el actual Artículo 4 como Artículo 6 de la Ley 150-2008, según enmendada, conocida como “Ley para Prohibir la Imposición de un Cargo Adicional por Utilizar una Tarjeta de Crédito o Débito en las Transacciones de Venta”; enmendar el Artículo 1.1 y 3 de la Ley 42-2015, según enmendada, conocida como “Ley para que Toda Persona Natural o Jurídica que Preste Servicios Provea al Menos Dos (2) Alternativas de Pago a sus Clientes” con el propósito de prohibir el cobro de tarifas adicionales por el uso de tarjetas de crédito y débito en determinadas transacciones comerciales dentro de la jurisdicción de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Pros
- •Reduce presiones estructurales sobre la competitividad del comercio al detal, especialmente para pequeños y medianos comerciantes.
- •Promueve mayor equidad en el sistema de pagos electrónicos, evitando que se cobren comisiones por fondos que no son ingreso propio del comerciante.
Contras
- •Genera un costo adicional para los comerciantes en términos de implementar sistemas tecnológicos para identificar y separar la información fiscal.
- •Puede generar conflictos legales si se aplica a instituciones financieras específicamente protegidas por estatutos federales.
Última acción: 4 may 2026