Para crear la “Ley para la Visibilidad y Promoción de Donaciones a Organizaciones Sin Fines de Lucro de Puerto Rico”; ordenar al Departamento de Hacienda y al Departamento de la Familia del Gobierno de Puerto Rico a crear, mantener y publicar un listado oficial, accesible y de alta visibilidad de las organizaciones sin fines de lucro elegibles para recibir donaciones deducibles bajo la Sección 1033.10 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico; establecer criterios detallados de clasificación, publicación, actualización y divulgación de dicho listado; disponer la implementación de campañas informativas y educativas anuales para promover la filantropía y orientar sobre los beneficios contributivos aplicables; integrar esfuerzos de comunicación dirigidos al sector empresarial acogido a incentivos contributivos; y para otros fines relacionados.
Pros
- •Facilita la identificación de organizaciones elegibles para recibir donativos deducibles, promoviendo una cultura de filantropía informada.
- •Establece criterios detallados para clasificar, publicar y actualizar el listado oficial, garantizando transparencia.
Contras
- •Puede generar costos administrativos para las agencias gubernamentales involucradas en el mantenimiento del listado.
- •La creación de un listado oficial podría ser visto como una intervención excesiva en la autonomía de las organizaciones sin fines de lucro.
Última acción: 16 abr 2026